Boletín 46
14 MIL VIVIENDAS EN LAS ZONAS AFECTADAS POR EL TERREMOTO ESTÁN ASEGURADAS CONTRA DESASTRES NATURALES
Las viviendas destruidas por el terremoto del pasado sábado, podrán realizar el reclamo a Seguro Sucre hasta por el 100% del valor del avalúo de la vivienda.
Aproximadamente 14 mil viviendas, financiadas por los Préstamos Hipotecarios del Biess, que se encuentran ubicadas en las zonas afectadas por el terremoto ocurrido el pasado sábado 16 de abril, están protegidas contra desastres naturales como terremotos, inundaciones y erupciones.
Este beneficio, se encuentra dentro del seguro denominado contra incendio y líneas aliadas y, aplica para todos los Préstamo Hipotecarios vigentes otorgados por la institución, desde el inicio de sus operaciones en octubre 2010.
La protección se extiende a las familias de los afiliados y/o jubilados fallecidos, ya que actualmente el seguro de Desgravamen no solo extingue la deuda adquirida por el asegurado, sino que también opera a modo de seguro de vida, que devuelve a sus herederos, el monto total que el usuario canceló por su Préstamo Hipotecario hasta el día de su fallecimiento.
Los Hipotecarios del Biess incluyen el servicio Asistencia Todo Hogar, que atenderá los daños menores ocurridos en las viviendas relacionadas con la reparación de tuberías, reposición de vidrios, cerrajería, electricidad, etc.
Estos beneficios tanto para el afiliado como para sus familias, forman parte del acuerdo suscrito el pasado agosto de 2015, entre el Biess y Seguros Sucre.
La información completa sobre cómo realizar el reclamo del seguro de desgravamen, el seguro contraincendios y líneas aliadas, incluyendo Asistencia Todo Hogar se encuentran en la página web: http://biess-segurossucre.com/, o al teléfono 1800-325-325 o escribiendo a: servicioalcliente@segurossucre.fin.ec
CONDICIONES DE LOS SEGUROS DEL BIESS.
- DESGRAVAMEN:
Por fallecimiento del afiliado se extingue la deuda con el Biess.
- SEGURO DE VIDA:
Se devuelve el valor del capital pagado del Préstamo Hipotecario hasta la fecha del fallecimiento, a los beneficiarios registrados o a sus herederos legales.
- SEGURO DE INCENDIOS Y CATASTROFES NATURALES
3.1.- Destrucción total de la vivienda:
La deuda queda cancelada con el Biess y se le devuelve al afiliado la diferencia entre lo que adeudaba al Biess y el valor del avalúo vigente realizado y registrado por el Biess.
3.2.- Destrucción parcial de la vivienda:
Se reconocen los daños presentados en el siniestro, a favor del afiliado para la reparación y reconstrucción de la vivienda. Es decir todo aquello que esté debidamente justificado.
Se pueden dar casos en los que se apliquen las tres al mismo tiempo:
- Desgravamen,
- Vida
- Incendio y catástrofes naturales
Ejemplo:
Valor del avalúo del bien: USD. 80.000
Valor del préstamo hipotecario: USD. 70.000
Deuda al momento de fallecimiento: USD. 50.000
Capital pagado por el afiliado hasta la fecha de fallecimiento: USD. 20.000
DESGRAVAMEN:
Se devuelve al Biess: USD. 50.000
SEGURO DE VIDA
A los beneficiarios registrados o herederos legales: USD. 20.000
SEGURO DE INCENDIOS Y CATASTROFES NATURALES: colapso total de vivienda
- (sin fallecimiento del afiliado)
Se devuelve al Biess: USD. 50.000
Se devuelve al afiliado: USD. 30.000
- (con fallecimiento del afiliado)
Se devuelve al Biess: USD. 0.00 (Se canceló con el seguro de desgravamen)
Se devuelve a los beneficiarios o herederos legales: USD. 80.000